Ya has acabado lo relativo a ciberseguridad, pero recueda que también debes contemplar en tu guía todo lo relativo a propiedad intelectual y licencias de uso.
Es un tema complementario de gran importancia, ya que sin una protección adecuada de las creaciones humanas, quizás no merecería la pena que hicieras tu guía, porque alguien podría copiarla y decir que es suya.
Tú no puedes permitir que alguien robe el trabajo de los demás, debes transmitir claramente que la piratería causa más daño que beneficio y, al igual que proteges tus datos, también debe estar protegido el trabajo de los demás.
Pero primero deberás saber de qué estamos hablando antes de pasar a incluirlo en tu guía para de esta forma, ahora sí, cumplir el reto marcado.
1. Ley de propiedad intelectual
La ley de propiedad intelectual regula y protege en España los derechos que un autor tiene sobre la obra que ha creado.
A continuación puedes informarte sobre qué son estos derechos y qué tipos de obras protege.
Derechos de autor
Descubre, en el siguiente vídeo, qué son los derechos de autor y algunos detalles interesantes de la ley de propiedad intelectual que afecta al uso que se puede hacer de las obras que crean otras personas.
Obras protegidas
La ley de propiedad intelectual incluye un amplio catálogo de tipos de obras que están bajo su protección, tanto originales como derivadas.
Entre las originales están los textos, las composiciones musicales, los programas informáticos, los diseños de arquitectura e ingeniería, gráficos y mapas, colecciones y bases de datos y obras plásticas audiovisuales y dramáticas.
Entre las derivadas están las traducciones, adaptaciones, actualizaciones, revisiones, resúmenes, compendios y arreglos musicales.
En la siguiente imagen puedes ver un cuadro resumen de todas ellas.
Kardia dice ¿Sabías que...?
La Conferencia General de la UNESCO (United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization o, en español, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) declaró en 1995 que el día 23 de abril (en honor al día de 1616 en que se ha acordado que fallecieron Cervantes, Garcilaso de la Vega y Shakespeare) se celebre el día mundial del libro y los derechos de autor.
2. Oiga, tengo mis derechos
A continuación vas a encontrar una serie de preguntas acerca de los derechos de autor según se recogen en la Ley de Propiedad Intelectual.
Selecciona las respuestas correctas y pulsa sobre el botón "responder".
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3. Licencias para los derechos de explotación
Como has visto antes, cada vez que alguien crea algo, adquiere sobre su obra unos determinados derechos de explotación.
La forma de regular esos derechos se hace a través del empleo de las licencias.
El tipo de licencia que se utilice influirá en la manera de darle difusión y los usuarios están obligados por ley a respetarla. En caso contrario estarían cometiendo un delito de piratería que tiene graves consecuencias sobre la creación de contenidos originales.
Clasificación general
En general se pueden considerar cuatro grandes tipos de licencias para regular los derechos de explotación de una obra:
El copyright supone el derecho de explotación exclusivo por parte del autor debiendo, cualquier otra persona o entidad, llegar a un acuerdo privado con él si deseara utilizarla. Se representa con una C.
El copyleft permite a cualquier usuario la libre utilización de la obra siempre que comparta sus versiones bajo este mismo tipo de licencia. Se representa con una C invertida.
Las Creative Commons son un conjunto de licencias para la regulación de la libre utilización de la obra con la posible imposición de ciertas restricciones, compatibles con los derechos de explotación, que puedes ver en la siguiente pestaña de este punto. Se representa con una doble C (CC). Se puede considerar que deriva de la anterior aportando la posibilidad de decidir determinados aspectos de la protección.
El dominio público son obras de libre acceso y utilización que por tanto no tienen restricciones de explotación. La obra puede alcanzar este estado bien porque hayan caducado los derechos de explotación o porque se haya declarado expresamente. Se representa con una C tachada o mediante la doble C con un cero (CC0).
En la siguiente imagen puedes encontrar cada tipo de licencia ordenado de mayor a menor restricción de derechos de explotación.
Vídeo licencias
En el siguiente vídeo se explican los tipos de licencias que se pueden utilizar y describe a qué obliga cada tipo.
Alta licencias CC
Las licencias Creative Commons (CC) permiten liberalizar los derechos de explotación en las condiciones que se definan según lo que has podido ver en el vídeo anterior.
Ahora es el momento de que aprendas cómo puedes crear tú mismo licencias CC para que las incluyas en tus obras digitales. Para ello solo tienes que seguir las instrucciones que encontrarás en el siguiente vídeo.
Imágenes CC
Cuando quieres ilustrar un trabajo que estás realizando es habitual que recurras a buscar en Internet imágenes que puedas aprovechar.
Como con cualquier otro contenido, siempre puedes añadir al criterio de búsqueda la palabra "libre", "gratis" u otra similar. Pero quizás no sepas que se puede filtrar la búsqueda para que te muestre las que tienen una licencia Creative Commons (CC).
Es muy sencillo, lo puedes ver en la siguiente imagen que te enseña con un ejemplo qué hacer.
Como puedes observar, se filtra la búsqueda por imágenes y se clica la opción de "herramientas" donde aparece una opción de "derechos de uso" que permite seleccionar "licencias Creative Commons".
Otra opción de gran interés consiste en recurrir un buscador de contenido Creative Commons y de dominio público como el que tienes referenciado en este enlace.
Es tan sencillo de usar como poner tu criterio de búsqueda y pinchar en buscar (search).
4. ¿Qué licencia necesitas?
Cada tipo de licencia se puede utilizar en unas condiciones específicas. Identifica qué licencias son apropiadas en cada caso.
Tienes dos opciones distintas con dificultad creciente. Escoge la que creas que mejor se adapta a tus conocimientos.
Opción A: Empareja
A continuación puedes leer en cada cuadro la descripción de las características de una licencia Creative Commons.
Verás que también aparecen representados los iconos que identifican cada tipo de licencia Creative Commons.
Tu misión consiste en asignar a cada descripción el icono de la licencia que le corresponde, arrastrándolo y soltándolo sobre cada descripción.
Opción B: Justifica
Poneros en pareja y resolved justificadamente qué licencia sería la adecuada para los siguientes casos que se describen a continuación.
Buscad el icono que le corresponde y colocadlo junto al tipo de licencia que hayáis elegido.
Caso 1
Elaboras una imagen digital que quieres subir a Internet para que todo el mundo la utilice sin ningún tipo de límite.
Caso 2
Haces un trabajo sobre los acontecimientos más importantes de este siglo y quieres que cualquiera pueda utilizarlo e incluso adaptarlo pero sin que se aprovechen económicamente.
Caso 3
En plástica haces un dibujo de un paisaje y lo compartes en las redes pero no quieres que nadie lo adapte ni se aproveche económicamente de él.
Caso 4
En tecnología creas un diseño que quieres compartir con los demás para que lo puedan adaptar pero sin fines comerciales y obligando a que las obras derivadas se licencien de esta misma forma.
Caso 5
Programas un juego de ordenador y no quieres compartirlo ni que nadie se aproveche de él sin llegar a un acuerdo contigo.
Caso 6
Creas un modelo matemático que predice el tiempo que necesitas estudiar una asignatura para aprobarla y lo compartes con el resto para que puedan adaptarlo y aprovecharse económicamente pero obligando a que licencien las obras derivadas de la misma forma.
Caso 7
Escribes un poema y quieres compartirlo con los demás aunque se aprovechen económicamente de él pero no quieres que nadie lo adapte.
Caso 8
Compones una canción y quieres compartirla con todo el mundo para que puedan aprovecharse económicamente e incluso adaptarla siempre que hagan referencia a tu autoría de manera adecuada.
5. ¿Aún no te has licenciado?
Vais a trabajar en pareja para realizar esta actividad.
En primer lugar deberéis hacer un esquema, en soporte digital, de los tipos de licencias, con sus características principales, que se pueden aplicar a un un documento escrito.
Una vez que hayáis terminado, vais a crear una licencia Creative Commons para ese esquema y la incluiréis en el documento.
Lumen dice ¿Qué tal algo de ayuda con la licencia?
Para crear la licencia Creative Commons podéis utilizar este enlace a la página oficial y seguir las instrucciones que se dan en el vídeo que aparece un poco más arriba, en la pestaña de alta de licencias del punto "3. Licencias para los derechos de explotación".
6. Soy libre
Trabajando en pareja debéis crear una historia contada solo con imágenes obtenidas de Internet para transmitir información de algo que sea de vuestro interés y que queráis compartir con los demás.
Es condición imprescidible que las imágenes utilizadas tengan una licencia adecuada para el trabajo que vais a hacer. Dicha licencia os debe permitir utilizarlas libremente reconociendo su autoría en todos los casos.
Para no dejar lugar a dudas, debéis reflejar en el producto que obtengáis, la licencia de cada imagen y el reconocimiento adecuado de su autoría.
Lumen dice ¿Sabes cómo referenciar una imagen?
Si no sabes cómo hacer la referencia de una imagen échale un vistazo al apartado de créditos de este recurso y encontrarás montones de ejemplos de cómo hacerlo.
Como mínimo tienes que identificar lo siguiente:
Título.
Identificación de la fuente de la que se ha obtenido.
Autoría.
Tipo de licencia.
7. Reviso lo que aprendo
Reflexiona un momento sobre todo lo que has aprendido hasta llegar aquí y completa el PASO 3 (Reviso lo aprendido) de tu Diario de aprendizaje.